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Israel (Colombia): eVisa requerido → Autorización de viaje (eTA)

eVisa requerido Autorización de viaje (eTA)

En vigor. El Ministerio de Relaciones Exteriores de Israel anunció el 20 de agosto de 2026 que la exención recíproca de visado acordada con Colombia empieza el 1 de septiembre de 2026, y esa fecha ya pasó: los colombianos con pasaporte ordinario que viajan a Israel por turismo, hasta 90 días, ya no necesitan el visado B-2 consular. La regla ETA-IL de Israel se aplica a todas las nacionalidades exentas de visado, así que hay que tener aprobada la autorización electrónica (25 ILS, solo en el portal gov.il) antes de embarcar — por eso mostramos eTA y no «sin visado». Una salvedad: no pudimos leer directamente la lista de elegibilidad ETA-IL de la Autoridad de Población e Inmigración. Si el portal rechaza un pasaporte colombiano, esa es la regla que manda: consulte a una misión israelí antes de volar.

A quién afecta

Comprobar una ruta concretaColombia → Israel
La norma hoyAutorización de viaje (eTA)
AnteseVisa requerido
DespuésAutorización de viaje (eTA)
En vigor desde2026-09-01

Lo que NO ha cambiado

Un cambio en la norma de visado no altera esto: sigue aplicándose igual.

Validez del pasaporteDebe ser válido al menos 90 días después de tu llegada.

Comprueba tu pasaporteRequisitos oficiales de entrada

Cambios en las normas de visado →