Israel (Colombia): eVisa requerido → Autorización de viaje (eTA)
eVisa requerido Autorización de viaje (eTA)
En vigor. El Ministerio de Relaciones Exteriores de Israel anunció el 20 de agosto de 2026 que la exención recíproca de visado acordada con Colombia empieza el 1 de septiembre de 2026, y esa fecha ya pasó: los colombianos con pasaporte ordinario que viajan a Israel por turismo, hasta 90 días, ya no necesitan el visado B-2 consular. La regla ETA-IL de Israel se aplica a todas las nacionalidades exentas de visado, así que hay que tener aprobada la autorización electrónica (25 ILS, solo en el portal gov.il) antes de embarcar — por eso mostramos eTA y no «sin visado». Una salvedad: no pudimos leer directamente la lista de elegibilidad ETA-IL de la Autoridad de Población e Inmigración. Si el portal rechaza un pasaporte colombiano, esa es la regla que manda: consulte a una misión israelí antes de volar.
A quién afecta
Lo que NO ha cambiado
Un cambio en la norma de visado no altera esto: sigue aplicándose igual.
